Lecturas de Interés
Regreso a lecturas
de Interés

“EL MENOR ANTE EL DERECHO PENAL.”
Por:
Rocío López Orozco

 
No cabe duda que el comportamiento antisocial ha adquirido relevancia en la actualidad. Los índices delincuenciales se han incrementado alarmantemente, especialmente entre la población juvenil, nuestras cárceles e instituciones para menores infractores así lo evidencian.
Todos los días vemos en los noticieros televisivos reportajes espeluznantes: homicidios en plena vía pública, secuestros, actos vandálicos de extrema violencia, asaltos generalmente acompañados por hechos de sangre, robo de infantes, prostitución, pornografía infantil entre otros.
Lo mas grave del problema lo constituye el hecho de que quienes perpetran la gran mayoría de tales ilícitos son jóvenes cuyas edades fluctúan entre los 9 y los 20 años de edad.
Estudios recientes describen las características concretas de quienes se ven involucrados en estos hechos: muchachos y muchachas que expresan una confusa e inconsistente noción de límites, que provienen de hogares donde la comunicación entre padres e hijos es escasa o nula, orientándose al “tener” sin importar mayormente el “ser”, cuidando la apariencia y descuidando el esfuerzo persistente y continuado que permite conseguir las metas. Los jóvenes de la actualidad buscan vivir el momento, gozar rápido y lamentablemente como consecuencia de ello, morir jóvenes.
Este es un problema sumamente complejo, muchos factores son antecedentes destacados del comportamiento delictivo. Las personalidades antisociales se desarrollan en medio del abuso infantil, de los problemas económicos, del castigo físico sistemático, de la ruptura familiar, etc. Vivir tales emociones en la infancia provoca una carencia de sentimientos promoviéndose así la tendencia a cometer actos delictivos a futuro.
Resulta evidente que el menor infractor es una consecuencia directa del medio en que se desenvuelve: en este sentido, la influencia nociva de los diferentes aspectos sociales y familiares se traducen en expresiones de conflicto, aislamiento, rechazo a las reglas, impulsividad, angustia, pobre capacidad para posponer la satisfacción de sus necesidades, baja tolerancia a la frustración. Muestran desde temprana edad uso y paulatinamente abuso de sustancias prohibidas, acentuándose la adicción conforme avanza el tiempo, hasta el grado de convertirse en farmacodependientes.
El problema radica en que este tipo de jóvenes los encontramos en todos los ambientes y capas sociales, preguntándonos ¿está mi hijo al margen de todo esto?, a veces creemos que lo que sucede es meramente transitorio, que ya pasará, o que es algo totalmente ajeno, que a nosotros jamás nos ocurrirá.
El término “delincuencia” se refiere a los actos que se realizan en contra de lo establecido socialmente y que se encuentran tipificados en el Código Penal.
Este fenómeno se analiza desde 3 puntos de vista:
Jurídicamente: existe una clasificación, se define al acto, se determina una sanción penal. A este respecto se puede diferenciar el manejo legal que se lleva a cabo en el caso de menores infractores y adultos delincuentes:
MENORES INFRACTORES ADULTOS DELINCUENTES
*Cometen infracciones
*Cometen delitos
*Se asigna un tratamiento
*Se determina una sentencia
*Son inimputables
*Son imputables
Esto se debe a que se considera que los menores de 18 años no son capaces de querer y entender el acto cometido y por lo mismo el procedimiento legal es diferente. Independientemente del acto o actos cometidos un menor puede permanecer en tratamiento mínimo 6 meses máximo 5 años, dependiendo de sus avances en el mismo.
Psicológicamente: se toma en cuenta el aprendizaje de la experiencia (personalidad, carácter, traumas, valores, etc.), que influye en el comportamiento del sujeto.
Sociológicamente: como miembro de una sociedad, de una familia, se analizan las condiciones del medio en que se desenvuelve el menor y que favorece el desarrollo del comportamiento delictivo o antisocial.
El comportamiento delictivo es un fenómeno cuya causalidad es multifactorial, de acuerdo con su origen pueden clasificarse en:
*Causas externas: acontecimientos que se generan en el medio ambiente físico o social en que se desenvuelven los individuos.
*Causas internas: factores que tienen su origen en las condiciones orgánicas (genéticas, hereditarias, enfermedades) y psicológicas de la persona y que se determinan en relación con lo exterior.
Las infracciones mas comunes cometidas por varones menores de edad son las siguientes:
*Robo
*Violación
*Allanamiento de morada
*Daño en propiedad ajena homicidio
*Privación ilegal de la libertad
*Portación de arma
*Lesiones contra la salud
*Abuso sexual
En el caso de las mujeres:
*Robo
*Aborto
*Prostitución
*Infanticidio
*Conductas fraudulentas.
*Lesiones
Cuando la ley atiende estos casos los menores detenidos son conducidos a la agencia del Ministerio Público especializada en Menores donde se inicia la averiguación previa correspondiente. Posteriormente son conducidos al área de “Comisionados” mientras se buscan elementos que permitan conocer la participación del menor en el hecho. De ahí son llevados al “Centro de Diagnóstico” para varones o para mujeres según sea el caso donde se les realizan estudios biopsicosociales para determinar si quedan sujetos a tratamiento en internamiento o en externación.
Existe una Dirección General de Prevención y Tratamiento de Menores (D.G.P.T.M.) que es la unidad administrativa encargada de llevar a cabo las funciones de prevención general y especial, así como las conducentes a alcanzar la adaptación social de los menores infractores.
A esta Dirección pertenecen las instituciones de Diagnóstico y Tratamiento que aquí se mencionan:
Centro de Tratamiento en Externación (CITE) donde el menor y su familia asisten a tratamiento 1 ó 2 veces por semana.
Centro de Tratamiento para Varones (CTV) y Centro de Tratamiento para Mujeres (CTM) donde los menores permanecen en tratamiento interno entre 6 meses y 5 años. Se les brinda atención médica, psicológica, social, educativa, deportiva y de capacitación. Es indispensable la participación de la familia en el tratamiento.
Centro de Desarrollo Integral para Menores (CEDIM), también es un Centro de tratamiento donde se atienden a menores de 11 a 14 años de edad.
Centro de Atención Especial Dr. Alfonso Quiróz Cuarón (CAEQC) donde se atienden casos considerados como especiales debido a la gravedad de los actos cometidos y/o por presentar alteraciones del comportamiento que requieren de atención especial.
Durante el año 2002 se registraron un total de 2694 casos de los cuales la mitad aproximadamente se encuentran en tratamiento interno.
Existe la falsa creencia de que al cumplir los 18 años de edad los menores internos son trasladados a reclusorios. En realidad esto no ocurre así, pues un joven que comete una infracción a los 17 años y que se le determina tratamiento interno puede permanecer hasta 5 años en la institución por lo que concluirá el mismo a los 22 años.
En el caso de que durante su estancia en los Centros de menores el joven de 18 años o mas infringe la ley; es decir, lesione a otro, cometa actos vandálicos dentro de la institución, etc., se le abre un nuevo proceso ya como adulto, por lo que al darse por concluido su tratamiento son trasladados a reclusorios para que respondan ante el nuevo delito.

BIBLIOGRAFÍA:
Bandidni, T. (1996) Dinámica familiar y delincuencia juvenil. México, Cárdenas Editor.
Díaz, P. (1988) Caracterización del Menor Infractor. México. Ed. Porrúa
Herbert, M (1976) Trastornos de la conducta en la infancia y la adolescencia. Barcelona. Ed. Paidós.
Correo electrónico: lopezr80@hotmail.com